 Las solicitudes tendrán que formularse, necesariamente, en el modelo oficial publicado en las bases oficiales de la convocatoria, el cual $podrá ser fotocopiado por los aspirantes para su presentación, u obtenerse en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y $n las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en las distintas provincias. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en el Registro General del citado Instituto, calle Muñoz Torrero Núm. 1 - 41003 SEVILLA, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en cada una de las provincias andaluzas, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos, antes de ser certificadas. Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero, podrán cursarse en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública. Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema de acceso libre y, asimismo, tendrán que identificar en la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código D.1000 para el Cuerpo de Auxiliares Administrativos. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo podrán solicitar, expresándolo en el espacio «Observaciones», las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, cuando sean necesarias. El plazo de presentación de solicitudes se encuentra abierto hasta el 23 de julio de 2001. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1ª, Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de Solicitud de información de 1.579 pesetas (9,49 euros), cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. La tasa indicada deberá liquidarse utilizando el impreso oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1997, que podrá obtenerse en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en las distintas provincias, y abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía que se relacionan en el mismo impreso. Para su adecuada utilización deberá comprobarse que el impreso contiene los siguientes datos: En el espacio destinado a la Consejería competente: «Consejería de Gobernación y Justicia» hasta agotar modelos existentes y, una vez agotados, «Consejería de Justicia y Administración Pública»; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: «Instituto Andaluz de Administración Pública»; en los recuadros reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: el número IA 00 00; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso): el código 0005; y en la descripción de la liquidación (número 36 del modelo): «Por Solicitud de información en las convocatorias para selección de personal al servicio de la Junta de Andalucía». De no recogerse alguno de los datos aludidos deberá ser cumplimentada por el solicitante. La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando a la solicitud el ejemplar para la Administración del referido impreso Modelo 046 en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión del solicitante. Además, en el espacio reservado a este fin, en el modelo de solicitud, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte inferior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso). En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria. Procederá la devolución de la tasa que se hubiere exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión por no cumplir los requisitos o por no aportar los documentos exigidos en la convocatoria no da lugar a la devolución de los derechos de examen. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes que acrediten su condición de minusválidos en un grado igual o superior al 33 por ciento, mediante original o copia compulsada del certificado de minusvalía emitido por el órgano competente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u órganos similares de otras Administraciones Públicas, y que se encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. |