 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente por cualquiera de los medios siguientes: - En el Registro General del Ministerio de Justicia, C/ de la Manzana, n.º 2, 28015 Madrid.
- Igualmente, y si así lo prevé la correspondiente convocatoria, los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Justicia a través de la dirección de internet www.justicia.es.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen, según las instrucciones de la página web correspondiente. - Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Derechos de examen: El importe de la tasa por derechos de examen será de (pendiente de convocatoria) para el turno de promoción interna y (pendiente de convocatoria) para el turno libre. Estarán exentas del pago de esta tasa: - Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
- Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la Orden de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
El plazo de presentación de instancias será (PENDIENTE DE CONVOCATORIA) |